La dirección de Inspección y
Normatividad estará vigilante a través de su personal para que no se violente
la ley, a quien sea sorprendido se aplicará la sanción correspondiente
Culiacán, Sinaloa, a 27 de Junio
de 2018.- Después de sostener una reunión entre el Subsecretario de
Normatividad e Información Registral, Ramón Murguía Aguirre; el director de
Inspección y Normatividad, Luis Roberto Huerta González, con representantes de la
Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados en
Sinaloa, se ha tomado la decisión de modificar el horario en el que será
aplicada la Ley Seca para este sector el día sábado 30 de junio.
Este 1 de Julio se celebrará el
proceso electoral, y en este caso lo que marca la Ley es que debe de suspender
la venta de alcohol, pero gracias a este acercamiento con Canirac delegación
Sinaloa se logró ampliar el horario, solamente para establecimientos del giro
restaurantero, por lo que el acuerdo se presenta de la siguiente manera:
Todos los establecimientos, en
cualquiera de sus giros deberán suspender la venta de bebidas alcohólicas a
partir de las 20:00 horas del día sábado 30 de junio de 2018, hasta las 09:00
horas del día lunes 02 de julio del presente año. Con excepción de los
restaurantes, que suspenderán actividades a partir de las 24:00 horas del día
30 de junio, hasta las 19:00 horas del día domingo 01 de julio, que es la hora
que marca el final del proceso electoral, pero se realizará la venta de bebidas
únicamente acompañada de alimentos.
Para la Zona Turística y Centro
Histórico del puerto de Mazatlán no se modificó el horario, por lo que quedó de
la misma manera, “La suspensión de la venta de bebidas embriagantes no aplica
en los establecimientos con giro de restaurantes ubicados en dichas zonas, por
lo cual podrán vender a partir de las 09:00 hasta las 24:00 horas, de igual
forma la venta tiene que ser únicamente acompañada de alimentos.
De igual forma las salas de
fiestas podrán permitir solamente el consumo de bebidas alcoholizadas en la
celebración de eventos familiares.
Cabe señalar que la dirección de
Inspección y Normatividad estará vigilante con su personal, el cual estará
distribuido en la zona norte, centro y sur del estado para que no se violente
la ley, a quien sea sorprendido se aplicará la sanción correspondiente.
Dichas modificaciones se
encuentran dentro del marco legal de acuerdo con el punto número 2 del artículo
300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y el
artículo 175 de la Ley Electoral en Sinaloa, relacionado con lo dispuesto por
los artículos 31 y 33 párrafo segundo de la Ley Sobre la Operación y
Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Producción, Distribución, Venta
y Consumo de bebidas Alcohólicas del Estado de Sinaloa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Muchas gracias por tus comentarios, en la 300 trabajamos para ustedes.